¿Hay que declarar el Bono Social Térmico en la Renta?
Si has recibido el Bono Social Térmico, es normal que te surja una duda al hacer la Renta: ¿tengo que declarar este dinero? A diferencia del Bono Social Eléctrico, que se aplica directamente en la factura, este bono se recibe como un ingreso en cuenta, y, como ocurre con otras ayudas públicas, tiene implicaciones fiscales.
¿Qué es el Bono Social Térmico y cuánto se cobra?
Se trata de una ayuda pública que gestionan las comunidades autónomas y que se concede automáticamente a quienes tienen el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
Es importante tener en cuenta que, si en esa fecha no se tiene activo el Bono Social Eléctrico, no se tendrá derecho a recibir el Bono Social Térmico.
La cantidad económica se sitúa entre 35 € y 372 € al año y depende de varios factores:
- El grado de vulnerabilidad del beneficiario.
- La zona climática donde residas, siendo las zonas más frías las que más ayuda reciben.
Este pago no se aplica como descuento en la factura, sino que se recibe directamente como ingreso en la cuenta bancaria.
Cómo tributa el Bono Social Térmico en la Renta
Sí. El Bono Social Térmico se tiene que declarar.
Aunque sea una ayuda, a efectos fiscales Hacienda lo considera un ingreso. En concreto, se trata de una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales, es decir, un ingreso que recibes sin vender ningún bien o propiedad.
Esto implica que debes incluir el importe íntegro recibido en tu declaración, ya que este tipo de ayudas se integra en la base imponible general del IRPF.
El Bono Social Térmico debe declararse en el ejercicio en el que se recibe, es decir, en el año en que se ingresa en la cuenta bancaria, e incluirse en la declaración que se presenta al año siguiente.
Dicho esto, es importante tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, el impacto en la Renta suele ser reducido, ya que se trata de cantidades limitadas.
Es importante no confundirlo con el Bono Social Eléctrico, que no se declara en la Renta, ya que no es un ingreso, sino un descuento directo en la factura de la luz.
¿Dónde se incluye en la declaración?
El importe recibido debe incluirse en el apartado de “Otras ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión”
En muchos casos, esta información ya aparece en tus datos fiscales. Aun así, es recomendable revisarlo y, si no está incluido, añadirlo manualmente para evitar posibles errores.
Si no estoy obligado a hacer la Renta, ¿tengo que presentarla?
No necesariamente. Recibir el Bono Social Térmico no implica por sí sólo que tengas que hacer la Renta, pero sí conviene tener en cuenta que:
- Se suma al resto de tus ingresos.
- Puede hacer que superes los límites establecidos para declarar.
- Puede influir en el resultado final de la Renta.
Lo esencial que debes recordar
El Bono Social Térmico es una ayuda para hacer frente a los gastos energéticos, pero sí debe incluirse en la declaración de la Renta.
Para hacerlo correctamente, basta con tener claras tres ideas:
- Declarar el importe total recibido.
- Incluirlo como ganancia patrimonial.
- Añadirlo en el apartado correspondiente
Con esto, podrás completar tu Renta de forma sencilla y evitar posibles errores.