Bono Social y cambio de domicilio: qué ocurre si te mudas
Si tienes el Bono Social y vas a cambiar de domicilio, seguramente te preguntes qué pasa con el descuento. El Bono Social está vinculado al contrato de tu vivienda habitual. Por eso, cuando te mudas, no se mantiene automáticamente y necesitas hacer algunos trámites para seguir disfrutándolo. Te lo explicamos paso a paso.
El Bono Social se aplica al contrato de tu vivienda habitual
El Bono Social eléctrico es una ayuda regulada por el Gobierno que se aplica solo al contrato de luz de la vivienda donde resides habitualmente, siempre que cumplas los requisitos establecidos.
No es un descuento personal que puedas trasladar a cualquier casa. Está vinculado a un contrato concreto y a un CUPS, que es el código que identifica cada punto de suministro eléctrico. Igual que el DNI identifica a una persona, el CUPS identifica cada vivienda de forma única. Por eso, cuando te mudas, el nuevo domicilio tiene un CUPS distinto y se considera un suministro diferente.
Además, el Bono Social no puede aplicarse a segundas residencias ni a otros inmuebles distintos de tu vivienda habitual.
El Bono Social no se mantiene al cambiar el contrato
Si te mudas, el suministro al que estaba asociado el Bono Social, deja de cumplir uno de los requisitos esenciales: ser tu vivienda habitual. El descuento no se traslada automáticamente a la nueva vivienda.
En la práctica, pueden darse distintas situaciones:
- Puedes hacer un cambio de titularidad en la vivienda anterior a favor del nuevo inquilino o propietario. El contrato continúa, pero a nombre de otra persona. El Bono Social deja de aplicarse porque está vinculado al titular que cumplía los requisitos.
- Puedes dar de baja tu contrato en la vivienda que dejas y contratar el suministro en la nueva. Si la nueva vivienda no tiene suministro activo, deberás gestionar el alta hasta que se asigne de nuevo el CUPS. En ambos casos, se trata de un contrato nuevo y tendrás que solicitar de nuevo el Bono Social si sigues cumpliendo los requisitos.
- Si la nueva vivienda ya tiene suministro activo, deberás cambiar la titularidad a tu nombre. Aunque no se trate de un alta nueva, el CUPS es distinto, y, por tanto, el Bono Social debe solicitarse nuevamente.
En resumen: al mudarte, el Bono Social no continúa automáticamente y hay que volver a tramitarlo para el nuevo contrato.
Pasos a seguir para solicitar el Bono Social en tu nueva vivienda
Paso 1: contratar la tarifa luz en la nueva vivienda o cambiar la titularidad a tu nombre si ya existiera.
Paso 2: solicitar el Bono Social para este nuevo contrato. Para ello, necesitas:
- Ser titular del contrato de luz.
- Tener contratada la tarifa regulada (PVPC).
- Seguir cumpliendo los requisitos económicos y familiares.
- Presentar la solicitud correspondiente.
Una vez recibida tu solicitud, Energía XXI comprobará que cumples las condiciones y aplicará de nuevo el descuento si procede.
¿Cuánto tiempo estaré sin Bono Social?
Cuando te mudas, el Bono Social deja de aplicarse al contrato anterior. En la nueva vivienda, se activará una vez presentes la solicitud y se compruebe que cumples los requisitos.
No existe un plazo establecido por la normativa en caso de mudanza. El tiempo sin descuento dependerá de cuándo presentes la nueva solicitud y de que esta esté completa.
El Bono Social no se activa desde la fecha de la mudanza, sino desde el momento en que Energía XXI recibe correctamente la nueva solicitud. Por eso, cuanto antes la tramites, antes podrá reflejarse el descuento.
¿Cómo será mi factura?
En la vivienda anterior, la última factura incluirá el descuento del Bono Social solo hasta la fecha en que el contrato se dio de baja o se realizó el cambio de titularidad. A partir de ese momento, dejará de aplicarse.
En la nueva vivienda, puede que las primeras facturas se emitan sin el descuento mientras se revisa la solicitud.
Una vez aprobada, el Bono Social se aplicará desde la fecha de presentación de la solicitud y desde el primer día del ciclo de facturación en el que se haya presentado correctamente, ajustándose en la factura el importe correspondiente.
¿Y qué pasa con el Bono Social Térmico?
El Bono Social Térmico funciona de forma diferente al Bono Social eléctrico.
Es una ayuda directa destinada a compensar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina. No depende de un contrato de luz concreto. Se concede automáticamente si eres beneficiario del Bono Social eléctrico a 31 de diciembre de cada año y lo gestionan las comunidades autónomas.
Por tanto, si te mudas durante el año, no pierdes automáticamente el derecho al Bono Social Térmico. Lo que importa es que tengas reconocido el Bono Social eléctrico a 31 de diciembre.
Esto significa que:
- Si el 31 de diciembre sigues teniendo el Bono Social eléctrico, tendrás derecho al Bono Social Térmico correspondiente.
- Si en esa fecha ya no tienes reconocido el Bono Social eléctrico, no generarás derecho al Bono Social Térmico del año siguiente.
- El Bono Social Térmico no se “traslada” entre viviendas porque no depende de un contrato concreto, sino de tu condición de beneficiario en una fecha concreta.
En definitiva, cambiar de casa no significa perder el Bono Social, pero sí implica volver a solicitarlo para tu nuevo contrato. Si lo tramitas cuanto antes, podrás seguir beneficiándote del descuento sin complicaciones.